Tipos de democracia y modelos de instituciones que determinan la forma en que se detenta el poder.¿Es la democracia republicana la mejor forma de gobierno, o –por el contrario– debe superarse pos de una democracia plebiscitaria1 que –en la medida que resulte apoyada en las urnas– rija los designios de la Nación, sin otro límite que el voto periódico?
La cuestión del primer párrafo no permite, por su simplificación, una respuesta lineal. Matizando un poco el interrogante, lo que puede decirse es que dentro de la estructura institucional argentina, enmarcada en la Constitución de 1853/60, con sus reformas posteriores, parecen convivir dos lecturas posibles. Una, más inclinada hacia la prevalencia del Poder Ejecutivo en el ejercicio del poder, con un reconocimiento débil de los controles
de los demás poderes del Estado. Otra, proclive a un estado institucionalizado, con plena aplicación de controles intra e inter poderes y por parte de la sociedad civil, a través –principalmente– de un debate robusto por medio de la opinión pública.
En general, la primera lectura (la del Poder Ejecutivo que prevalece) presenta componentes de democracia plebiscitaria, según veremos más adelante, en tanto que la segunda lectura posee elementos de república democrática. La prevalencia de un modelo sobre otro tiene consecuencias en la vida institucional de la Nación.
Otro debate que también se solapa es el del modelo institucional que mejor se adaptaría a la Argentina. Nuevamente, y en pos de conceptualizar, podemos dividir las partes en la lid entre quienes abogan por un esquema presidencialista controlado por los restantes poderes del estado, con la clásica división tripartita conocida, e incorporando órganos internos y externos de manera de lograr un efectivo control y publicidad de los actos de gobierno. Podemos llamar a este modelo un presidencialismo clásico, con controles.
En el otro rincón del cuadrilátero se ubican quienes defienden la necesidad de introducir componentes estructurales de carácter parlamentario, dejando de lado así el modelo presidencialista vigente. En esta línea, el jurista Carlos S. Nino acuñó el concepto de hiperpresidencialismo para identificar el problema de la estructura de gobierno de la República Argentina. Nino, en esta línea, pensó algún modelo de presidencialismo atenuado, con componentes parlamentarios (véase, para un extenso y profundo análisis del tema, el texto Fundamentos de Derechos Constitucional del autor citado). Nino también atribuía el déficit institucional a la periódica interrupción del orden institucional, con inicio en 1930 y fin en 1983.
Dos debates se entrecruzan. El primero, de características morales, se refiere a la manera de ejercer el poder. Un gobierno cuyo control es detentado por la estructura institucional, que incluye como acto soberano máximo el voto periódico; o un gobierno vigilado por conceptos más vinculados a definiciones de características plebiscitarias, en donde las urnas serían el árbitro principal. El segundo debate se refiere a la manera en que se instrumenta el ejercicio del poder. ¿Es la forma presidencialista la más adecuada o en cambio la parlamentaria es la que otorgará mejores herramientas para administrar la cosa común?
Sobre la primera disputa
En lo que llamamos democracia plebiscitaria, el resultado electoral no sólo legitimaría el inicio de un mandato sino que también habilitaría al triunfador a soslayar las estructuras institucionales, en pos de llevar adelante una agenda de gobierno. Los argumentos de este debilitamiento del control “republicano” siempre son superadores: la igualdad, la defensa de los que menos tienen o la ruptura de estructuras de poder, por poner algunos ejemplos.
El único control sería el voto periódico, y en la medida en que no haya revés electoral, los actos de gobierno no estarán sometidos a escrutinio alguno. La permanencia del líder por períodos prolongados, sin limitaciones temporales, es un elemento casi fundamental en esta estructura de poder. En tal descripción, la pregunta deviene obligada: si los votos acompañan, ¿por qué no dejar que el pueblo continúe eligiendo al líder para que lleve adelante el modelo? La respuesta es sencilla: el debilitamiento del control y la duración in eternum pueden contaminar el proceso electoral.
En la república democrática, por el contrario, el voto popular es condición absolutamente necesaria para que un ciudadano sea designado, pero una vez elegido y aceptado el cargo, su gestión está sometida a una estructura que lo supera. No sólo es el voto, pues, lo que validará su acción de gobierno, sino también el cumplimiento de las normas que lo sustentan y legitiman en el ejercicio de su cargo. En definitiva, la república democrática obliga a los mandatarios a rendir cuentas de su accionar, no sólo ante el electorado, sino ante los órganos de control creados por la propia Constitución. El control robusto, al menos en teoría, hace que la competencia electoral sea un poco más transparente.
Conceptualmente, pueden verse las ventajas de la república democrática: (i) derechos individuales preservados frente al abuso del Estado y de terceros; (ii) transparencia y publicidad de los actos de gobierno; (iii) independencia judicial; (iv) normas de carácter general; (v) igualdad ante la ley; (vi) representación genuina; (vii) utilización de las estructuras de poder para beneficio común y no para el de una facción, entre muchas otras características.
El párrafo anterior parece difícil de refutar enel plano teórico; no obstante, quienes critican a la república democrática, la acusan de ser ineficaz. Vale decir, que protege a unos pocos en detrimento de muchos. La igualdad ante la ley es sólo una declamación retórica, y lo que en definitiva logra es cristalizar determinadas estructuras de poder concentrado que no permiten una sana distribución de bienes materiales y culturales en la sociedad.
Resultaría necesario, en este orden de ideas, romper con tales estructuras anquilosadas en pos de un bienestar mayor. Rota la opresión, el gobierno podrá utilizar las estructuras institucionales para continuar el camino, pero no para limitarse. Así, la estructura constitucional deja de ser un límite protector para tornarse una herramienta de poder. Cuando es necesario su imperio para romper con algún esquema de poder concentrado, se reclama su vigencia. Cuando, por el contrario, se torna en una barrera para llevar adelante una acción que el gobernante considera que el pueblo necesita, su validez se soslaya.
República democrática versus democracia plebiscitaria sería, pues, la disputa, que no es meramente teórica sino que en la actualidad encuentra eco en diversos sectores. Por tomar sólo un ejemplo, un rápido y somero recorrido por los textos de la agrupación Carta Abierta permitirá descubrir que la palabra “república” no es utilizada ni como vocablo descriptivo ni valorativo a la hora de analizar la actual coyuntura. Resaltan ideas referidas a la democracia, la política y el pueblo. Términos como “republicanismo” o “republicanistas” son utilizados para identificar a opositores al “modelo”. Periodistas “militantes” también identifican a los “republicanos” con la oposición al actual gobierno.La palabra “república”, en estos casos, parece teneruna carga negativa, o representar supuestos modelos del pasado.
Sobre la segunda disputa
La segunda disputa es de carácter instrumental y no resuelve el primer debate. Vale decir, una democracia plebiscitaria que deseche la estructura Constitución como elemento que la limita puede darse tanto en el actual esquema presidencialista como en un eventual sistema reformado de carácter parlamentario.
No puede perderse de vista que ambos sistemas –al menos en el plano teórico– son republicanos, aunque difieren en la manera de instrumentar el poder. Es decir, tienden a garantizar los derechos individuales, limitar el ejercicio del poder, abogar por la transparencia de los actos de gobierno y demás características de una república democrática.
El poder puede organizarse de diversas maneras, y hasta escribirse en una Constitución. Por caso, la de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas constaba de más de 400 artículos que describían con detalle la organización del poder en ese territorio. Preveía una cantidad de derechos, aunque sometidos al tamiz de la revolución. No obstante, el componente republicano, en cuanto a vigencia de derechos individuales, transparencia en los actos de gobierno y el deber de los gobernantes de que las cuestiones del estado se manejen a la luz del sol, brillaba por su ausencia.
A esta altura del relato, los dos debates, el moral y el instrumental, vuelven a encontrarse. Quien apoye la democracia plebiscitaria abogará por una reforma que permita profundizar ese modelo. La estructura institucional, sea presidencialista, parlamentaria o mixta, pasa a ser una anécdota. Quien pretenda que la reforma se concentre en que la balanza se incline hacia más y mejor república, será tildado por sus contendores de conservador, defensor de los poderosos, neoliberal y demás adjetivos aplicables.
Cultura constitucional
Pareciera entonces interesante intentar debatir sobre una pregunta moral: ¿Cómo queremos organizar el poder en la Argentina? ¿Con inclinación hacia la república democrática o hacia la democracia plebiscitaria? Esta pregunta es previa a cualquier análisis de índole instrumental.
Algunas ideas del profesor alemán Peter Haberle pueden ayudar en el análisis. Dicho catedrático desarrolla un concepto interesante en torno a lo que debe entenderse por una Constitución: no sólo es “un texto jurídico o un mecanismo normativo; también es la expresión de un estadío de desarrollo cultural”. Agrega que la Constitución es la representación cultural del pueblo ante sí mismo, espejo de su patrimonio cultural y fundamento de sus esperanzas2. En estos debates vale la pena preguntarse qué patrimonio cultural y que esperanzas refleja nuestra manera de vivir la Constitución.
¿Es la tendencia hacia la democracia plebiscitaria un reflejo de nuestra cultura? La respuesta no es lineal y está llena de matices. El ejercicio de cultura constitucional que como sociedad hemos venido realizando desde 1983 no permite definir claramente hacia dónde se inclina el fiel de la balanza.
En esta coyuntura, pareciera interesante debatir no tanto como implementamos la manera de ejercer el poder –con un presidente o con un parlamento–, sino más bien qué cultura constitucional queremos tener. Una cultura más inclinada hacia los principios republicanos de gobierno, que ya están escritos en nuestra Constitución formal, u otra en la que prevalecen los liderazgos con esquemas constitucionales subordinados e instrumentalizados al servicio del poder.
Pese a la enorme cantidad de problemas estructurales que arrastra y a los desafíos a la que está sometida, la república democrática ha demostrado ser la mejor manera de administrar la escasez y distribuir los bienes materiales y culturales en una sociedad, en el marco del respeto a la dignidad de la persona. En esta coyuntura parece importante debatir estos interrogantes ya que, en definitiva y volviendo a Haberle, nuestra Constitución será el fundamento de nuestra esperanza.
1. Tomo el concepto de carácter plebiscitario de la democracia, de Bruce Ackerman, en su obra WethePeople (Belknap, Harvard).
2. Véase Häberle, Peter, “El Estado Constitucional”, Ed. Astrea, 2007.
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Join discussionEl verticalismo en la estructura del ejercicio del poder y la sumisa aceptación de una organización jerárquica rígida, es una constante desde la época de la colonia, atraviesa el período de la independencia a través de los caudillos y se introduce en el siglo 20 mediante los líderes mesiánicos, creadores y jefes de movimientos que representaban y expresaban el espíritu de la nación y los derechos del pueblo, con apoyo de multitudes y la imposición de un discurso hegemónico y excluyente, que descalificaba a los opositores con términos devaluativos, como «antipatrias», «cipayos», «gorilas», y últimamente «destituyentes». La Constitución argentina expresa la contradicción entre el ideario republicano de minorías ilustradas y la necesidad de adecuación y, quizá también manipulación, de la idiosincraacia y cultura autoritaria, que deviene en democracia plesbicitaria, conceptualización académica del populismo, que acertadamente definía Aristóteles como demagogia.
El manejo de la información que se convierte en desinformación, contribuye en la actualidad a la ficción que las masas son las que detentan el poder, a través de su líder que las encarna, cuando en realidad se asiste a un agravamiento, que en este tiempo, es además un retroceso, del proceso de concentración del poder en un unicato irrefutable.
Cuando el poder se concentra en uno o pocos, los ciudadanos pierden su libertad y sus derechos están amenazados. Cuando los gobiernos controlan a los pueblos existe una dictadura encubierta tras una máscara de democracia plebiscitaria. Cuando la ley y los ciudadanos controlan el poder de los gobernantes, hay democracia porque funcionan las instituciones de la república. Este es el desafío. De su resolución depende la otra cuestión, sobre presidencialismo o parlamentarismo.
Me llama la atención la escasa participación de los lectores con relación a esta nota. ¿Será que se piensa que la democracia, o un sistema electoralista, todo lo resuelve? ¿Nada nos dice el poco interés que parece darse con relación al tema de la república?
En lo personal esta nota sobre la república me remite a otro tema: la democracia en Argentina. Y me pregunto, cuántos ciudadanos cuando piensan y hablan de democracia, lo hacen también de conceptos como persona humana, justicia, autoridad, obligaciones políticas, controles institucionales, ética y política, etc. que haga posible generar conciencia de responsabilidad con respecto a las instituciones de la democracia. Y no ir sólo a emitir un voto, captado y aún capturado con los recursos del Estado. E identificando éste con el gobierno. Y al gobierno no ya con un partido; sino con grupos.
Asistimos a la progresiva descomposición de la democracia, en un clima festivo, triunfalista, que a otros nos preocupa sobremanera. Hay problemas; pero sobre todo lo que se comprueba es la falta de alternativas. No sólo porque la oposición está dispersa, y parece no encontrar el rumbo; sino porque el gobierno nacional es para sí mismo su propio horizonte.
Cuando el autor de esta nota alude a una democracia plebiscitaria (1a. disputa), la impresión que produce es que está describiendo la realidad nacional actual. Y cuando se refiere a la república democrática recoge las aspiraciones de no podos argentinos. Entre ellas la mía.
La nota ahonda en un análisis técnico. Pero quiero señalar la importancia de hablar sobre una cultura constitucional. Esto es: ¿qué cultura constitucional queremos tener? Por mi parte me pregunto también: ¿hasta dónde importa, hoy, la constitucion?
La coyuntura parece ponernos ante el debate por una cultura constitucional que respete los principios republicados, u otra, con prevalencia de liderazgos instrumentalizados en función del poder. Pese a todas las dificultades, me inclino por la república democrática. Quizás porque por una cuestión de formación, pienso que es la forma de dar cuenta del grado de compromiso que tenemos con la constitución. Qué hemos querido expresar sobre nuestra forma de vida. Y qué es lo que queremos lograr.
Gracias.
Prof. María Teresa Rearte
Observando el desenvolvimiento de la vida política nacional, repito para mí el título de esta nota: «República, ¿dónde estás?»
Lástima que quienes nos gobiernan no se detengan, siquiera por un instante, a pensarlo. Empezando por la Sra. Presidenta, que debiera dar el ejemplo por ser quien está en la cúspide del poder. Lo cual da la pauta de la crisis de ejemplaridad que se extiende por los diferentes ámbitos del gobierno.
Con relación a lo cual, la conciencia de cada uno de nosotros, ciudadanos, debiera ser más perceptiva.
Gracias.
Prof. María Teresa Rearte
Dicen que uno siempre señala lo malo. Pero no se puede dejar de preguntar dónde encuadramos el tema de las medias «clarín miente», de los alfajores conque Moreno convidaba a sus invitados con igual leyenda, los globos, etc. otro tanto.
¿En qué cultura encuadran estas exhibiciones del gobierno, en un viaje oficial de la Sra. Presidenta al exterior?
¿Es esto una forma de liderazgo? ¿O es un papelón más no diré de aquéllos a los que nos tienen acostumbrados, sino de aquéllos con los que nos torturan, porque francamente no puedo acostumbrarme a esta metodologia de mostrar, y mostrarse?
Esta no es la Argentina a la que nos sentimos perteneciendo los que no votamos por este gobierno.
Pero es la Argentina que Dra. Cristina Fernández de Kirchner muestra en el exterior.
¿Hay algún resquicio por donde penetre un poquito de mesura y reflexión? ¿De sensatez?
Vuelvo a preguntarme con el autor de la nota, «República, ¿dónde estás?» ¿Nos podrá contestar la Sra. Presidenta?
Gracias.
Prof. María Teresa Rearte
Los medios periodísticos informan sobre el tiempo que le llevó graduarse y el promedio gral. de calificaciones alcanzado por el candidato del oficialismo para la Procuración General de la Nación, así como el alcance de su perfeccionamiento en Derecho Penal.
¿Así asegura el Gobierno Nacional el funcionamiento de las instituciones de la República? ¿O por el contrario, así se continúa y aún profundiza la decadencia institucional de este gobierno?
Tengamos en cuenta que quien le precedió en el cargo, el Dr. Righi, debió renunciar como consecuencia de la acción emprendida por el Sr. Vice-Presidente de la Nación, que por otra parte llevó a la separacion del juez Rafecas y el fiscal Ríbolo.
Tengamos en cuenta también que el gobierno de EE. UU. evaluó severamente la intromisión del poder político argentino en la Justicia.
Todo esto y otros temas más, nos permitirá juzgar si es suficiente con tener una democracia, equivalente a poder votar, nada más, o debemos preocuparnos seriamente por las instituciones. Y coincidir con el título de esta nota: «República: ¿dónde estás?»
Gracias.
Prof. María Teresa Rearte
Las declaraciones de la diputada Margarita Stolbizer no pueden ser más claras con relación al sr. Daniel Reposo: «no tiene antecedentes» para ocupar el cargo de procurador general que debió dejar el Dr. Righi.
Está relacionado con una «protección de arriba» al vicepresidente Amado Boudou.
«La llegado de este hombre (Reposo) al cargo de jefe de los fiscales, añade la diputada Stolbizer, busca directamente cerrar esto.»
A pesar de los cuestionamientos, la presidenta Cristina Kirchner mantiene la propuesta del sr. Reposo para el cargo.
Y después dicen que sólo decimos lo malo. Es que no se puede dejar de decirlo.
¿O todavía necesitamos que alguien lo explique con más claridad?
¿Encontraremos el camino de la República? ¿O quedará reducida a una palabra vaciada de contenido?
Gracias.
Prof. María Teresa Rearte
Estaba viendo y escuchando por televisión a la senadora Graciela Di Perna (Chubut) y al senador Gerardo Morales (Jujuy), sobre el candidato de la presidenta de la Nación para el cargo de Procurador general de la Nación.
Además de las objeciones que se vienen formulando a su falta de idoneidad, antecedentes, etc., y al hecho de que ambos legisladores se oponen a su designación, siendo la senadora «peronista» y el senador radical, y van a votar en contra, es importante tener en cuenta lo que dice la Constitución Nacional.
Viene a propósito del tema de esta nota, porque el Art. 120 de la Constitución Nacional, dice textualmente que «El Ministerio Público es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera, que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los intereses generales de la sociedad, en coordinación con las demás autoridades de la República.» etc.
Por declaraciones efectuadas, el Sr. Daniel Reposo, pues de él se trata, se define como «soldado de la presidenta:» ¿Dónde está, entonces, la división de poderes? ¿La independencia, autonomía funcional, etc. requerida por la Constitución para ese organismo y quien se desempeñe en el cargo de Procurador?
Me pregunto ¿qué sentido, qué valor tiene la Constitución?, que consagra este sistema de gobierno? ¿De qué sirve enseñar ética, formación ciudadana, etc. a los alumnos, si en la práctica las disposiciones que consagra la Constitución son ignoradas? ¿Para qué existen las facultades de Derecho, sino para servir a la defensa de la ley, en bien de la Nación y de los ciudadanos?
La situación del país es delicada por diversos motivos. Si no respetamos la ley, ¿sobre que bases se ordenará la Nación?
Cité deliberadamente a los senadores mencionados, porque el senador Morales pertenece a la UCR, por lo tanto no es del signo político del gobierno nacional. Pero la senadora Di Perna se declara peronista, y que no va a apoyar la designación del Sr. Reposo. ¿Entonces es que estamos en contra de todo y porque se nos ocurre? ¿O porque estamos preocupados, y nos interesa el bien del país?
Es importante reflexionar sobre las exigencias propias de un sistema republicano. Y que con solvencia intelectual expone tan bien el autor de esta nota.
Gracias.
Prof. María Teresa Rearte
Se dice que a la presidenta de la Nación le molesta ver la gente en la calle, los cacerolazos. ¿Muestran «las cacerolas» los votos que no estuvieron ni están con el gobierno?
La «bronca social» es la expresión de instituciones que no funcionan, que funcionan mal o que el gobierno no puede encarrilar? Se habla de una batalla interna, liderada el «ala dura» por Guillermo Moreno.
El dólar marginal, negro, blue o como se le llame, ¿no está fuera de la ley? ¿Se puede negociar con quienes lo manejan? ¿No es delito?
Realmente, la Argentina da señales de estar perturbada, con anuncios, por otro lado, de paro del campo, dificultades en las provincias, etc. ¿Era suficiente contar con un caudal elevado de votos? ¿O para gobernar se requiere algo más?
Estas manifestaciones son un llamado de atención al gobierno nacional. Vivimos horas en las que no sirven los aplausos. Hay reclamos. Y se piden definiciones, que respeten el interés general.
Gracias.
Prof. María Teresa Rearte
En la postulación del Sr. Daniel Reposo como candidato a ocupar la Procuración General de la Nación, no le sirvió a la Sra. Presidente el 54% de votos obtenido en las elecciones que la consagraron presidenta reelecta de los argentinos.
Esta vez la República funcionó porque la oposición se consolidó a través de los Señores Diputados y Senadores de la Nación, que impidieron el acceso al cargo del Sr. Reposo. Pero no se trató sólo de los legisladores de la oposición, entre los que tuvieron un importante rol quienes pertenecen a la UCR. Sino de quienes se posicionaron de modo independendiente, como la Sra. legisladora Sonia Escudero y la senadora Sra. Roxana Latorre, representante de Santa Fe, quien se había pasado al oficialismo. Pero tan insostenible debió parecerle la candidatura del Sr. Reposo, que anunció que se iba a abstener.
Felicitaciones a los Sres. Representantes del pueblo y de las provincias, que demostraron que no están para ponerle obstáculos al gobierno nacional. Sino para que funcionen y mejoren las instituciones de la República.
Por lo menos en esto, que no es poco, hemos encontrado el camino de la República. Y ha quedado demostrado que las minorías tenemos algo que decir. Y con lo cual contribuir al bien de la Nación.
Gracias.
Prof. María Teresa Rearte
Aclaración: la Sra. Sonia Escudero es Senadora por la Prov. de Salta. Y al igual que la Senadora Latorre, ambas son justicialistas. Pero actuaron con independencia, en cuanto a la postulación del Sr. Daniel Reposo.
María Teresa Rearte