El pasado 4 de agosto el presidente Menem firmó el decreto aceptando la renuncia, que él mismo había pedido, del secretario de Culto que lo acompañaba desde 1989, Ángel Centeno. Su siguiente decreto dispuso “transferir la Secretaría de Culto al ámbito directo de la Presidencia de la Nación”, sacándola del Ministerio de Relaciones Exteriores. Ambas decisiones, estrechamente ligadas, reconocen como antecedente inmediato dos hechos significativos.

 

El primero de ellos fue la denuncia pública efectuada por monseñor Rafael Rey, presidente de Cáritas Argentina, de un hecho sorprendente. El embajador argentino ante la Santa Sede, Esteban Caselli, lo había llamado por teléfono para reprenderlo por sus críticas al gobierno y, al mismo tiempo, anunciarle que el ministro del Interior deseaba hablar con él. A continuación se produjo una citación del ministro Corach, quien ofreció entregarle a Cáritas trescientos mil pesos mensuales, al margen de los programas sociales conocidos del Estado. No se dijo que el dinero fuera a cambio del cese de las críticas pedido por el embajador, pero una vez conocido el episodio, muchos lo interpretaron así. Cáritas rechazó el ofrecimiento por no estar claro el origen de los fondos ni el procedimiento. El obispo Rey tuvo el coraje de hacer público el acontecimiento.

 

El segundo hecho, ocurrido igual que el anterior en el contexto de la ofensiva re-reeleccionista del presidente Menem abortada días después, fue el anuncio de que el Papa visitará en el mes de noviembre la iglesia argentina de Roma, donde Menem se encontrará con él. Lo notable es que la visita fue organizada por el embajador Caselli, al margen de la Secretaría de Culto y de la Cancillería de quienes dependía, e ignorándolo la Conferencia Episcopal, quien se enteró junto con la prensa del hecho consumado. La Conferencia Episcopal es la propietaria de la iglesia argentina de Roma. El mismo procedimiento usó el embajador Caselli para acordar una visita del secretario de Estado, cardenal Sodano, a Menem, en octubre próximo (de la que oficialmente los obispos argentinos aún no se han enterado). Estos procederes causaron un profundo desagrado a la mayoría de los obispos, y así lo hizo saber la conducción de la Conferencia Episcopal al Gobierno, por medio de la Secretaría de Culto. Desde luego, esto es posible por la singular atención que presta la Secretaría de Estado al embajador.

 

Este modo de actuar del presidente y de su embajador en el Vaticano no son novedosos: de hecho, no hacen sino confirmar lo dicho por CRITERIO en su editorial del 14 de mayo pasado. Solamente que esta vez, por la acumulación de hechos y su trascendencia pública, el conflicto entre esa modalidad y los objetivos que encubre, con el estilo respetuoso de la autonomía eclesial exhibido por la Secretaría de Culto, llegó a lo intolerable. El presidente debía optar, y eligió.

 

La Secretaría de Culto en la Presidencia

 

Casi todos los gobiernos tienen una oficina que se ocupa de los asuntos religiosos, o del “culto”. En muchos países está ligada al Ministerio del Interior, o al de Justicia; en algunos, integra el de Relaciones Exteriores. En la Argentina, la Constitución de 1853 nombraba a los ministerios existentes y, entre ellos, uno era el de “Justicia, Culto e Instrucción Pública”. La reforma constitucional de 1898 dispuso que “una ley especial” deslindara los ramos de los ministerios. Esa ley fue la nº 3272, de octubre de 1898, que creó el “Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”. La Constitución luego de la reforma de 1994 sigue exigiendo que sea una “ley especial” la que fije la competencia de los ministerios. La ley vigente, en el art.1º crea el “Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”.

 

Esa ley delega en el Poder Ejecutivo la creación por decreto de las secretarías y subsecretarías de los ministerios (art.8), pero es la propia ley la que enumera cuales serán las “secretarías presidenciales” (art.9), entre las que, por supuesto, no aparece la de Culto. El Presidente sólo puede crear por decreto comisiones asesoras “sin funciones ejecutivas” (art.12). Es también la ley la que asigna al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto “entender en las relaciones con la Iglesia Católica” y “con todas las organizaciones religiosas que funcionen en el país, y el registro de las mismas” (art.12).

 

Todo lo expuesto parece indicar que la transferencia de la Secretaría de Culto a la Presidencia, es ilegal. Hubiera exigido una ley, pero se hizo por un decreto simple. No solamente la ley de ministerios da el nombre y las funciones específicas en materia de Culto a la Cancillería: también lo hacen otras leyes, que no pueden cambiarse por decreto. Así, la ley 21.745 crea “en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto el Registro Nacional de Cultos”. La ley 24.483 organiza, con importantes consecuencias jurídicas para los institutos de vida consagrada católicos, “un registro que se llevará en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto”.

 

Consecuencia de lo anterior es una situación de inseguridad jurídica, por la dudosa legalidad de la nueva estructura creada en contra de textos legales expresos, por un decreto que, además, carece de fundamentos o motivaciones, lo que lo invalida como acto administrativo.

 

En la práctica, el cambio producido generará no pocos trastornos. Además de lo ya dicho, son muchas las funciones que el ordenamiento vigente había delegado en el canciller, en relación especialmente a la Iglesia Católica (v.gr., decretos 1991/80, 87/90, 2109/90), y no está claro quién las ejercerá ahora. Otro ejemplo: la ley 24.019 mantuvo vigentes las jubilaciones de privilegio para obispos y sacerdotes, “con la salvedad” de que deberán pagarse con el presupuesto de la Cancillería. ¿Qué pasará ahora con ellas?

 

Otra complicación práctica se dará en la ejecución del Acuerdo entre la Argentina y la Santa Sede (que es uno de los principales motivos para que el área de Culto estuviera en Relaciones Exteriores). Cuando el Papa quiere crear o modificar una diócesis, o nombrar a un obispo, debe comunicarlo al gobierno previamente, provocando un mecanismo de consulta, que debe hacerse en secreto. ¿A quién comunicará ahora esto el Nuncio? En tanto agente diplomático, debe hacerlo a la Cancillería. Ésta debería girar la nota a la Secretaría de Culto de la Presidencia, quien debería devolver la respuesta a la Cancillería, para que la transmita al Nuncio. ¿Cómo guardar secreto en esas condiciones?

 

Frente a este panorama, lo menos que cabía esperar era una explicación razonable por parte del Gobierno de los cambios precipitadamente producidos. Hasta ahora no la hubo. Muchos en la Iglesia Católica, y en las demás confesiones religiosas, los han vivido con perplejidad y desconfianza.

 

El despido de Ángel Centeno

 

Esa reticencia se asocia con el abrupto pero previsible final de la gestión del Dr. Ángel Centeno al frente de la Secretaría de Culto, iniciada el 9 de julio de 1989. Tuve el gran gusto y honor de acompañar al Dr. Centeno, como asesor, desde el primero hasta el último día de ella; y, como no podía ser de otro modo, de renunciar junto con él, y con mi colega y amigo Norberto Padilla. Por tanto, cuanto digo aquí no me es ajeno ni indiferente, aunque procuro que sea objetivo.

 

Además de su duración, la Secretaría del Dr. Centeno tuvo otro rasgo inusual: la explícita vocación de continuidad de algunas políticas iniciadas durante el anterior gobierno constitucional, cuando fue secretario de Culto el Dr. Juan Carlos Palmero. Entendíamos que se trataba de políticas de Estado, y no simplemente de gobierno. También, que la Secretaría de Culto es un órgano estatal de servicio a las confesiones religiosas y de puente entre ellas y el Estado; y no una herramienta para “operar” sobre ellas.

 

La primera línea directriz de esa política fue, reconociendo el rol insustituible y singular de la Iglesia Católica en nuestro país, pero en sintonía con lo que la propia Iglesia quiere, sobre todo a partir del Concilio Vaticano II, la defensa, promoción y garantía de la libertad religiosa. La Secretaría de Culto convocó a todas las confesiones religiosas a estudiar un proyecto de ley que tendiera a ese objetivo y diera un marco jurídico moderno y de avanzada en esta materia. Esa ley fue en su momento aprobada por unanimidad en el Senado, pero desde hace varios años está empantanada en la Cámara de Diputados. Es muy improbable que ahora se apruebe, porque alguno de sus principales detractores tiene funciones importantes en la nueva Secretaría de Culto.

 

La vigencia de la libertad religiosa beneficia, en un país como la Argentina, en primer lugar a la Iglesia Católica. Así se explica la sanción, a instancias de la Secretaría de Culto, de la ley 24.483 que puso fin a más de un siglo de restricción jurídica a la acción de las órdenes y congregaciones religiosas católicas y dio plena vigencia civil al ordenamiento jurídico canónico que las rige. Este es uno de los logros mayores de una gestión que tuvo también como objetivo una actualización de las normas jurídicas que constituyen el “derecho eclesiástico del Estado”, lo que se logró en buena medida. En la misma línea se inscriben la actualización del acuerdo con la Santa Sede sobre atención pastoral a las fuerzas armadas, el reconocimiento del Opus Dei como persona jurídica pública, el reconocimiento de la validez de títulos expedidos por universidades pontificias romanas, entre otras medidas.

 

A la Secretaría de Culto no le compete hacer ecumenismo ni es protagonista del diálogo interreligioso. Pero durante la gestión del Dr. Centeno tuvo una especial preocupación por alentar esos diálogos, y por ser lugar y canal de encuentro entre líderes religiosos. Fue un modo de propiciar la convivencia y la paz social. Por eso, puede computarse en el haber de esa gestión no solamente lo hecho, sino también lo que no se hizo y que pudo generar inquietud, enfrentamiento o discordia. Por cierto, lo dicho no impidió una paciente labor de ordenamiento y depuración del Registro de Cultos, tanto más difícil cuanto defectuosa es la ley vigente y escasos los medios disponibles.

 

En relación con la Iglesia Católica, desde hace más de diez años la Secretaría de Culto procuró llevar a la práctica las pautas que presiden el acuerdo con la Santa Sede de 1966 y que provienen del Vaticano II: autonomía y cooperación. Las formas de cooperación entre Iglesia y Estado (y, proporcionalmente, entre el Estado y las confesiones religiosas en general) son muchas y fueron alentadas y promovidas, pero siempre a partir de un respeto celoso por la autonomía recíproca. Ni el Estado debe inmiscuirse en las cuestiones internas de la Iglesia, ni viceversa. Justamente, la divergencia de criterios en este punto entre la Secretaría de Culto y la embajada del Sr. Caselli fueron determinantes del pedido de renuncia al Dr. Centeno.

 

Un punto específico fue en estos años motivo de discordia: el aporte económico del Estado a la Iglesia, o “sostenimiento del culto”. Desde 1989 hasta hoy ese aporte se quintuplicó, pero, sobre todo, se hizo ordenado y puntual. Y desde hace unos años, se canaliza por medio de la Conferencia Episcopal, con transparencia plena. El problema es que en todo este tiempo, hubo y hay una partida presupuestaria paralela en la Secretaría General de la Presidencia destinada a “arzobispados y obispados”, que se distribuye discrecionalmente y sin claridad; además de fondos reservados y otros aportes no transparentes ni igualitarios. Algunos obispos han manifestado en privado su disconformidad con esos manejos poco claros, sugiriendo que todos los aportes sean transparentes y por medio de la Secretaría de Culto; mientras que otros defienden el sistema. La Conferencia Episcopal no se ha pronunciado institucionalmente. La nueva estructura facilitará que se unifiquen criterios: falta ver si se hará con la necesaria transparencia.

 

Desde hace varios años, un pequeño grupo de obispos, amigos del embajador Caselli y que en su mayoría no tienen cargos en la Conferencia Episcopal, se venían reuniendo regularmente con él y promoviendo ante el Poder Ejecutivo el alejamiento del equipo encabezado por el Dr. Centeno. Se sabe que sus quejas se vinculaban a una presunta pasividad frente a “las sectas”, y a un reclamo de mayores aportes dinerarios. Lamentablemente, nunca manifestaron abiertamente a la Secretaría de Culto ni cuáles eran sus críticas puntuales, ni qué políticas concretas consideraban mejores o más eficaces que las que se estaban siguiendo. El nuevo secretario de Culto es uno de los habitualmente propuestos en el seno de ese grupo para ocupar el cargo, por lo que será interesante ver las medidas que se tomen en esos campos.

 

* * *

 

Los cambios decididos por el presidente Menem tienen la virtud de sincerar una política religiosa que, ahora, transitará por un único carril. Desde ese punto de vista son buenos, porque arrojarán claridad en un ámbito donde los mensajes eran ambiguos.

 

La Conferencia Episcopal ha dicho bien, por boca de su vicepresidente, que no fue consultada ni tenía, estrictamente, porqué haberlo sido. Es cierto. Lo mismo ocurrió con las confesiones religiosas minoritarias. Las decisiones fueron propias de la esfera estatal, más allá de la aparente ilegalidad de las formas elegidas. Muchas cosas son opinables en esta materia. La Secretaría de Culto puede estar en la Cancillería, en otro ministerio, en la Presidencia. El Registro de Cultos puede existir, no existir, tener modalidades y alcance diferentes. El Estado puede dar a la Iglesia mucho dinero, poco o nada. Lo que sí parece necesario, es que se den razones para las decisiones y, sobre todo, para las innovaciones cuando las instituciones funcionaban correctamente.

 

Para quienes integramos el equipo desplazado de la Secretaría de Culto es muy gratificante la profusión de muestras de estima y solidaridad recibidas luego de este trance, a pesar de que sin duda habremos tenido también errores y falencias. La renovación y la circulación de los equipos de gobierno, en principio, es algo positivo. Permite los contrastes. Por el bien del país y la tranquilidad de las iglesias y confesiones religiosas, sólo cabe desear el acierto de quienes ahora tienen en sus manos la responsabilidad de conducir un área tan delicada.

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